Cuando una persona sobreendeudada decide iniciar el camino hacia la cancelación legal de sus deudas, lo primero que se pregunta es:
“¿Cuánto tarda todo esto?”

Y es una duda completamente lógica. Quien llega a esta situación suele estar bajo una gran presión económica y emocional, y necesita saber cuánto va a durar el proceso, cuándo dejarán de acosarle los acreedores, y cuándo podrá empezar de cero.

En nuestro caso, somos abogados y ayudamos a las personas a liberarse de sus deudas a través del procedimiento de segunda oportunidad. Gracias a nuestra experiencia, te explicamos los tiempos reales, lo que dice la ley, y lo que sucede en la práctica, juzgado a juzgado.


¿Qué dice la ley sobre los plazos?

Legalmente no existe un plazo cerrado para resolver el procedimiento. Sin embargo, tras la reforma de la Ley Concursal y su actualización en el Texto Refundido de 2022, se ha intentado acelerar el proceso, estableciendo mecanismos más rápidos y directos, especialmente cuando no hay masa activa ni muchos acreedores involucrados.

En resumen, la ley permite procedimientos más ágiles, pero todo depende del juzgado que lo tramite.


Plazos reales en 2025 (con experiencia de casos reales)

A continuación, te damos una estimación realista basada en nuestra experiencia reciente en diferentes provincias españolas:

Tipo de procedimientoDuración media estimada
Solicitudes simples (sin bienes ni oposición de acreedores)3 a 6 meses
Solicitudes con oposición o patrimonio que liquidar6 a 10 meses
Procesos con intervención de varios acreedores o complejidad documental9 a 14 meses

Fases del procedimiento y su duración aproximada

Para entender los plazos, es útil dividir el procedimiento en fases clave:

1. Preparación y recopilación de documentación (1 a 3 semanas)

Aquí se reúne toda la información económica del cliente: deudas, ingresos, contratos, cuentas, etc. Si la persona colabora activamente, esta fase puede hacerse en pocos días.

2. Presentación de la solicitud y admisión a trámite (2 a 4 semanas)

Una vez presentada la solicitud en el juzgado mercantil, este tarda de media entre 15 y 30 días en admitirla formalmente y designar un administrador concursal (si lo considera necesario).

3. Tramitación judicial (2 a 6 meses)

En esta fase se notifican a los acreedores, se recopilan alegaciones y se estudia si procede o no la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI). La duración depende de si hay oposición o no.

4. Resolución judicial (Auto de Exoneración) (1 a 4 semanas)

El juez dicta un Auto donde decide si concede la cancelación de las deudas. Si todo está correcto y no hay recursos, el Auto es firme y finaliza el procedimiento.


Factores que influyen en la duración

  1. Colaboración del solicitante: cuanto antes facilite los documentos, más rápido se inicia el proceso.
  2. Saturación del juzgado: hay juzgados con gran atasco (ej. Barcelona, Sevilla), frente a otros mucho más rápidos (ej. Zaragoza).
  3. Complejidad del caso: número de acreedores, patrimonio, ingresos, etc.
  4. Oposición de acreedores: si impugnan el proceso, se puede alargar.
  5. Existencia de masa activa: si hay bienes que liquidar, interviene un administrador concursal y se extiende el procedimiento.

¿Durante el proceso me pueden embargar?

En la mayoría de casos, el juez decreta la paralización de embargos y procedimientos judiciales una vez admitida la solicitud.

Desde nuestra experiencia, los clientes sienten un gran alivio desde el mismo momento en que iniciamos el proceso, porque los acreedores dejan de presionar y se activa una protección legal muy poderosa.

Somos abogados y ayudamos a las personas a liberarse de sus deudas a través del procedimiento de segunda oportunidad”, y en ese proceso, detener el acoso financiero es uno de los primeros grandes logros.


Casos reales que hemos tramitado y su duración

Cada caso es único, pero siempre buscamos la vía más rápida, efectiva y segura para cada persona.


Consejos para agilizar tu proceso

  1. Ten todos los documentos listos desde el principio: DNI, contratos, cuentas, préstamos, etc.
  2. No ocultes información: actúa de buena fe, no intentes esconder ingresos o bienes.
  3. Busca un equipo especializado: la experiencia marca la diferencia. Nosotros ya hemos ayudado a decenas de personas a liberarse de sus deudas.
  4. Evita intermediarios sin formación jurídica.

Conclusión: ¿cuánto tarda la Ley de Segunda Oportunidad en 2025?

Depende de muchos factores, pero si actúas con rapidez y cuentas con un buen equipo, puedes cancelar tus deudas en apenas 4 a 6 meses en muchos casos.

No esperes más. Cada día cuenta. Y recuerda:

Somos abogados y ayudamos a las personas a liberarse de sus deudas a través del procedimiento de segunda oportunidad.


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