La Ley de Segunda Oportunidad es una herramienta legal que ha devuelto la esperanza a miles de personas en situación de sobreendeudamiento. Sin embargo, una de las dudas más frecuentes —y que más preocupa a quienes viven en la Comunidad de Madrid— es la siguiente:
“¿Voy a perder mi vivienda habitual si solicito la Ley de Segunda Oportunidad?”
La respuesta es: depende del caso, pero en muchos supuestos NO se pierde la vivienda habitual, especialmente desde la última reforma de la ley en 2022.
En este artículo te explicamos cuándo puedes conservar tu casa en Madrid, qué condiciones debes cumplir, y cómo planificar legalmente este proceso.
¿Qué dice la Ley sobre la vivienda habitual?
La reforma de 2022 introdujo una gran novedad: la posibilidad de obtener la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI) con o sin liquidación del patrimonio. Es decir, se puede cancelar la deuda sin necesidad de perder tu piso, siempre que:
- Sea tu vivienda habitual (no una segunda residencia).
- No haya valor neto positivo relevante.
- Puedas seguir pagando la hipoteca.
Esto es especialmente importante en ciudades como Madrid, donde el valor de la vivienda ha aumentado notablemente en los últimos años, pero también el coste de la vida.
¿Qué factores determinan si conservarás tu vivienda en Madrid?
- Valor del inmueble vs. deuda pendiente de hipoteca
- Si debes prácticamente lo mismo que vale tu piso, es más viable conservarlo.
- Si tu vivienda está hipotecada en su totalidad o con poco margen, no se considera “patrimonio liquidable útil”.
- Ingresos estables para afrontar la hipoteca
- Deberás demostrar que puedes seguir pagando la cuota.
- En Madrid, muchas ejecuciones se inician porque se impaga la hipoteca, no por la Ley en sí.
- Tipo de procedimiento elegido:
- Con liquidación de patrimonio: se pierde la vivienda si tiene valor económico relevante.
- Sin liquidación de patrimonio: se conserva, pero estás sujeto a un plan de pagos de hasta 5 años.
- Convenio con acreedores o acuerdo extrajudicial previo
- Si hay acuerdo con el banco o se negocia, es más fácil conservar el piso.
¿Cómo protege la vivienda habitual el juzgado en Madrid?
Los juzgados mercantiles de Madrid valoran:
- Si la vivienda es necesaria para la subsistencia familiar.
- Si el afectado tiene menores a cargo, discapacidad o es familia monoparental.
- Que no existan alternativas habitacionales reales.
- Si hay pruebas documentales de que no se ha actuado de forma negligente.
Además, los jueces en Madrid suelen aplicar el principio de proporcionalidad: no arruinar más aún la vida del deudor si con ello no se beneficia realmente al acreedor.
¿Cómo puedo blindar legalmente mi piso en Madrid?
Aquí van algunos consejos clave:
- Asesórate desde el principio con un abogado especializado en Madrid.
(Preferiblemente que conozca los criterios de los juzgados locales). - Evita dejar de pagar la hipoteca si estás en proceso o cerca de iniciarlo.
- Presenta toda la documentación que acredite vulnerabilidad, uso habitual y buena fe.
- Considera negociar con el banco un acuerdo extrajudicial antes de iniciar el proceso judicial.
¿Qué pasa si no puedo conservar la vivienda?
Si tu situación impide conservar la casa (por ejemplo, si está libre de cargas o tiene alto valor), existen alternativas:
- Alquiler social en Madrid: muchas entidades financieras ofrecen esta opción.
- Servicios municipales de vivienda: EMVS o servicios sociales en distritos.
- Venta pactada antes de la liquidación, para obtener mejor precio y negociar condiciones.
Conclusión: sí se puede mantener el piso en muchos casos
Acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad no significa automáticamente perder tu vivienda habitual, especialmente en Madrid, donde hay cada vez más jurisprudencia favorable al deudor que actúa de buena fe.
La clave es contar con una estrategia legal bien diseñada
Y actuar con tiempo, orden y asesoramiento especializado
¿Te preocupa perder tu vivienda en Madrid? Hablemos
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