La Ley de la Segunda Oportunidad genera muchas dudas entre quienes se plantean iniciar el proceso. Si vives en Madrid y estás pensando en cancelar tus deudas, es normal que te preguntes cuánto cuesta, si podrás conservar tu vivienda o qué pasa con tus deudas con Hacienda. En este artículo resolvemos las preguntas más frecuentes sobre la Segunda Oportunidad en 2025, adaptadas a tu situación en la Comunidad de Madrid.
1. ¿Quién puede acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad?
Cualquier persona física residente en España, ya sea particular o autónomo, que esté en situación de insolvencia actual o inminente. Es decir, que no pueda pagar regularmente sus deudas.
En Madrid, es muy frecuente entre trabajadores por cuenta ajena, desempleados, pensionistas y autónomos que acumulan préstamos personales, tarjetas revolving o deudas con la Seguridad Social.
2. ¿Voy a perder mi casa si me acojo a esta ley?
Depende. Desde la reforma de 2022 (Ley 16/2022), puedes solicitar la exoneración de deudas sin liquidar tu vivienda habitual, si cumples ciertos requisitos:
- Estás al día en la hipoteca.
- El valor de la casa no excede ciertos límites.
- El plan de pagos es viable.
En muchos procedimientos en Madrid, nuestros clientes conservan su vivienda, especialmente si no tienen bienes embargables adicionales.
3. ¿Cuánto cuesta acogerse al procedimiento?
El coste depende de cada caso, pero en Madrid suele oscilar entre 2.000 y 4.000 €, con posibilidad de fraccionarlo sin intereses.
No hay tasas judiciales, y muchos despachos —como el nuestro— ofrecen presupuesto cerrado sin anticipos. Esto te permite empezar sin tener que desembolsar grandes cantidades desde el principio.
4. ¿Cuánto tarda el procedimiento en Madrid?
Con la nueva ley, el proceso se ha agilizado. La duración aproximada es:
- 6 a 9 meses en procedimientos sin masa (sin bienes ni ingresos relevantes).
- 12 a 18 meses si hay bienes que liquidar o plan de pagos.
Los Juzgados de lo Mercantil de Madrid están especializados y, en muchos casos, se resuelve todo en menos de un año.
5. ¿Dónde se presenta el procedimiento en Madrid?
Se presenta en el Juzgado de lo Mercantil correspondiente al domicilio del deudor. En Madrid capital, se encuentran en Calle Capitán Haya, 66.
En casos de concurso sin masa o personas sin actividad económica, puede corresponder el Juzgado de Primera Instancia del partido judicial de tu localidad.
6. ¿Se cancelan también las deudas con Hacienda y la Seguridad Social?
Sí, pero con límites. Desde 2022:
- Puedes cancelar hasta 10.000 € con Hacienda y otros 10.000 € con la Seguridad Social.
- El resto puede incluirse en un plan de pagos a 5 años.
Esta medida es especialmente útil para autónomos madrileños con deudas acumuladas por su actividad anterior.
7. ¿Apareceré en algún registro por acogerme?
No. Acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad no implica antecedentes penales ni administrativos. Tampoco se publica en boletines oficiales si se tramita como concurso sin masa.
Además, una vez exonerado, puedes solicitar la salida inmediata de ficheros de morosos (ASNEF, Experian, etc.).
¿Tienes más dudas? Nosotros te las resolvemos
En vivesindeudas.online, somos abogados especialistas en Segunda Oportunidad en Madrid. Analizamos tu caso gratis, revisamos tu documentación y te damos una respuesta clara y profesional en 24 horas.
Ya hemos ayudado a cientos de personas en tu misma situación. No estás solo.